POR VILLAOCAMPOSF
El
Estudio Juridico Vizcay Gomez, nuevamente, logra que la obra social Osprera
cumpla con la cobertura total de un niño romanense.que debe ser operado de
forma urgente. Se trata de los autos caratulados: “BORDON, NARA GISEL Y
OTRO C/OBRA SOCIAL TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (OSPRERA) S/AMPARO LEY
16.986 Y MEDIDA CAUTELAR”, EXPTE N° FRO 10.609/2025; de trámite ante
esta Secretaría de Derechos Humanos del Juzgado Federal de primera Instancia de
Reconquista.
El
menor, JONAS, es hijo de Nara Bordon y Lucas Mendoza oriundos de Romang, y el
niño tiene un hermanito gemelo, pero solo el fue diagnosticado con HIPOSPADIA
PENO-ESCROTAL e HIDROCELE COMUNICANTE al nacer. Fue intervenido quirúrgicamente
a fines del 2023 por primera vez, a la escasa edad de dos años y siete meses. Pero
el tratamiento completo incluye tres cirugías correctivas.
La
obra social Osprera cancelo en dos oportunidades, la segunda cirugía del niño,
con diferentes excusas y los turnos fueron cancelados intempestivamente, por “POR
FALTA DE COBERTURA”. Lo GRAVE de estas cancelaciones, es que para estas
cirugías, el niño debe hacer un
tratamiento con hormonas por 20 días, antes
de cada operación, además del pee-quirúrgico. Para diciembre pasado esta práctica
tenía un costo aproximado de $ 5.000.000. La gravedad del caso, es que -de no
realizarse en plazos prudenciales el INJERTO de piel de la primer cirugía- se
perdería, ocasionando daños irreparables al niño.
El Dr ALDO MARIO ALURRALDE, Juez de 1° Instancia
del Juzgado Federal de Reconquista, en apenas dos semanas de la presentación, ordenó
de forma URGENTE :
- “HACER LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR solicitado,
ordenando en consecuencia que la OBRA SOCIAL DE LOS TRABAJADORES RURALES Y
ESTIBADORES (OSPRERA), con domicilio donde se indica, proceda al reconocimiento
TOTAL e INMEDIATO y cobertura total de la SEGUNDA CIRUGIA URETROPLASTIA DE
BRACKA Y NEOMEATOPLASTIA CORRECTIVA (incluyendo estudios pre y post
quirúrgicos, elementos descartables, honorarios profesionales y cuanto fuera
necesario para la realización de la misma); en el término de 72 h horas hábiles contadas a partir de la
notificación de la presente, a favor del niño JONÁS MENDOZA; N° DNI 58.866.155;
todo ello previo consentimiento por imperio de la Ley 26.529.”
Nuevamente el Estudio de la Dra Graciela Vizcay
Gomez, de Buenos Aires con sede también en Romang, Santa Fe, logró
un nuevo Amparo de Salud inobjetable,
sumados a los innumerables casos resueltos contra IAPOS y prepagas de
todo el país.-
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