El personal de casas particulares tendrá nuevos valores salariales desde noviembre de 2026, en el marco del cronograma de aumentos acordado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.
Para quienes se desempeñan en tareas generales, categoría que incluye la limpieza, el valor mínimo será de $4.174,62 por hora con retiro y de $4.451,49 por hora sin retiro. Los montos mensuales quedarán en $512.142,96 y $562.837,52, respectivamente.
La actualización contempla un incremento del 1,6% y un cambio adicional en la composición de los haberes: durante noviembre se incorporará al salario básico el porcentaje restante de una suma no remunerativa que se había pagado por única vez en agosto. Por eso, la modificación salarial no responde únicamente a la suba porcentual prevista para este mes.
Cuánto cobrarán por hora y por mes según cada categoría
Los valores mínimos para noviembre varían de acuerdo con las tareas realizadas y con la modalidad de contratación. La diferencia entre trabajar con retiro y sin retiro radica en si la empleada se retira de la vivienda al terminar su jornada o permanece allí.
Para el personal de tareas generales, que comprende limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y preparación de comidas, los montos establecidos son los siguientes:
Con retiro: $4.174,62 por hora y $512.142,96 por mes.
Sin retiro: $4.451,49 por hora y $562.837,52 por mes.
En el caso de los supervisores, que coordinan y controlan las tareas de dos o más trabajadores, los valores serán de $4.928,28 por hora con retiro y $5.344,33 sin retiro. Los salarios mensuales se ubicarán en $614.791,27 y $678.036,40, respectivamente.
El personal para tareas específicas, que incluye actividades del hogar que requieren determinadas habilidades y a quienes son contratados exclusivamente como cocineros, tendrá una remuneración mínima de $4.700,21 por hora con retiro y $5.098,84 sin retiro. Por mes, los importes serán de $575.394,53 y $633.782,08.
Para los caseros, encargados del cuidado general y la preservación de una vivienda en la que residen por su relación laboral, la escala contempla únicamente la modalidad sin retiro. El valor mínimo será de $4.451,49 por hora y de $562.837,52 mensuales.
En tanto, quienes se desempeñan en asistencia y cuidado de personas, con tareas no terapéuticas destinadas a niños, adultos mayores o personas enfermas o con discapacidad, cobrarán $4.451,49 por hora con retiro y $4.923,50 sin retiro. Los valores mensuales serán de $562.837,52 y $620.420,85, respectivamente.
Estas cifras corresponden a remuneraciones mínimas. Empleadores y trabajadoras pueden acordar salarios superiores, siempre que se respeten los pisos establecidos para cada categoría.
El esquema salarial acordado para 2026 contempla incrementos mensuales calculados a partir de los valores de referencia establecidos en julio. El cronograma fijó una suba del 1,9% en agosto, del 1,8% en septiembre, del 1,7% en octubre y del 1,6% en noviembre. Para diciembre está previsto otro aumento del 1,6%.
A esos ajustes se suma la incorporación progresiva de una suma no remunerativa que se abonó por única vez en agosto. El monto original dependía de la cantidad de horas trabajadas por semana: $20.000 para quienes cumplían 16 horas o más; $11.500 para quienes trabajaban entre 12 y menos de 16 horas; y $8.000 para quienes realizaban menos de 12 horas semanales.
El acuerdo dispuso que ese monto pasara al salario básico en tres etapas: un 25% en septiembre, un 50% en octubre y el 25% restante en noviembre. Con la última incorporación, el adicional queda integrado por completo a la remuneración básica.
Además de los valores mínimos, el régimen de casas particulares contempla un adicional por antigüedad equivalente al 1% por cada año trabajado. Se calcula sobre el salario mensual y se abona todos los meses. Para este concepto, el cómputo rige desde el 1 de septiembre de 2020, sin efecto retroactivo por los períodos anteriores.
También corresponde un adicional por zona desfavorable del 31% sobre los salarios mínimos de cada categoría para quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones.
Por último, la modalidad de liquidación depende de las horas semanales que se trabajan para un mismo empleador. Quienes cumplen 24 horas o más por semana cobran mediante una remuneración mensual proporcional al tiempo trabajado. Si la jornada es inferior a 24 horas semanales, el pago se calcula por hora.
El cronograma tendrá un último ajuste en diciembre. Hasta entonces, los empleadores deberán considerar tanto los valores actualizados de cada categoría como los adicionales que correspondan según la situación laboral de cada trabajadora.




