La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la inhibición preventiva de las actividades de dos laboratorios y prohibió la circulación de todos los productos elaborados o comercializados por ambas empresas en el territorio nacional.
Las medidas fueron adoptadas luego de detectar distintos incumplimientos durante las tareas de fiscalización y quedaron formalizadas mediante las disposiciones 5865/2026 y 5870/2026, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial.
Una de las empresas involucradas es Laboratorio Trifarma S.R.L., que funciona en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe. La otra es Ugal Farmacéutica S.A., con establecimiento en Ramos Mejía, partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires.
Aunque las situaciones detectadas en cada establecimiento son diferentes, en ambos casos la autoridad sanitaria resolvió aplicar medidas preventivas sobre las actividades y los productos de las firmas.
En el caso de Trifarma, las actuaciones de ANMAT comenzaron a partir de una comunicación del Ministerio de Salud de la provincia de Santa Fe. Según consta en la disposición oficial, la autoridad sanitaria provincial había informado el cierre preventivo del establecimiento y la prohibición de elaboración y comercialización de productos de farmacopea de la empresa.
El motivo central señalado por el organismo fue que Trifarma no contaba con un director técnico designado. A esto se sumaron incumplimientos relacionados con el registro de sus productos.
Para ANMAT, esas condiciones determinan que los productos elaborados o comercializados por la firma sean considerados ilegítimos dentro del marco de la normativa sanitaria vigente. Por ese motivo, la Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgo recomendó avanzar con una medida que no se limitara al establecimiento, sino que también alcanzara a los productos de la empresa.
La Disposición 5865/2026 estableció así la inhibición preventiva de las actividades productivas, de control de calidad, comercialización y distribución de Trifarma. Además, prohibió en todo el país el uso, comercialización y distribución de todos los productos elaborados o comercializados por la compañía.
La medida tiene alcance nacional pese a que el establecimiento señalado está ubicado en Rosario, en Bolivia 586 Bis. De esta manera, la disposición no se limita a la jurisdicción santafesina y alcanza a cualquier producto de la firma que pudiera encontrarse en circulación en otras provincias.
ANMAT también determinó que deberá iniciarse un sumario sanitario para determinar las presuntas infracciones y las normas que podrían haberse incumplido. Ese procedimiento deberá individualizar las responsabilidades correspondientes y garantizar el derecho de defensa de la empresa.




