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Judiciales: 12 años de prisión por abusar sexualmente de la hija de su pareja en Reconquista
13/09/2026 | 398 visitas
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Se trata de Juan Carlos Sténico, de 45 años. Cometió los ilícitos desde la infancia de la víctima hasta varios años después de que ella alcanzó la mayoría de edad.

Un hombre de 45 años identificado como Juan Carlos Sténico fue condenado a 12 años de prisión por haber abusado sexualmente de la hija de su pareja en Reconquista.


La sentencia fue dispuesta por la jueza Norma Senn en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales reconquistenses.


La investigación de los ilícitos estuvo a cargo de la actual Fiscal Regional de la Cuarta Circunscripción, Georgina Díaz, mientras que la fiscal Elizabet Aguirre representó al MPA ante la magistrada.


Por su parte, la víctima se constituyó como querellante con el Centro de Asistencia Judicial (CAJ), participó del juicio abreviado y expresó su conformidad con lo resuelto.


Abusos reiterados

Aguirre sostuvo que “el condenado agredió sexualmente a la hija de su pareja en reiteradas oportunidades entre 2011 y 2024”, y remarcó que “la víctima fue abusada desde su infancia hasta varios años después de haber alcanzado la mayoría de edad”.


“Sténico se aprovechó de la relación de autoridad y poder que tenía con la víctima, quien estaba en una clara situación de vulnerabilidad y dependencia respecto de él”, aseguró la fiscal. “Además, se valió de la circunstancia de que convivían en una casa en la que habitualmente se quedaban a solas”, agregó.


“Los abusos fueron cometidos en el domicilio que compartían, así como en un vehículo que el condenado utilizaba”, puntualizó la funcionaria del MPA. “Para procurar su impunidad, el agresor solía amenazar a la víctima”, subrayó.


Asimismo, Aguirre manifestó que “las conductas delictivas del hombre de 45 años tuvieron entidad suficiente para afectar el normal desarrollo sexual de la hija de su pareja”.


Calificaciones penales

Sténico reconoció su responsabilidad penal como autor de abuso sexual con acceso carnal reiterado, cometido mediante amenazas y abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad o poder, calificado (por haber sido contra una víctima menor de 18 años, aprovechándose de la situación de convivencia preexistente y por haber estado encargado de la guarda). A su vez, admitió la autoría de promoción a la corrupción de una persona menor de edad mediante amenazas, abuso de autoridad, la convivencia y la guarda.


Junto con su abogado defensor, el condenado aceptó la calificación legal propuesta por la Fiscalía, la pena impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.


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