El Superior Tribunal de Justicia del Chaco dejó firme la condena contra tres efectivos policiales de la Comisaría Cuarta de Sáenz Peña por la agresión y privación ilegal de la libertad de Emanuel Agudo, un joven con Síndrome de Down.
La decisión fue tomada por la Sala Segunda en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Víctor Emilio Del Río y Emilia María Valle, quienes rechazaron los recursos de casación presentados por las defensas y ratificaron la sentencia dictada en febrero de 2025.
De este modo, los agentes fueron condenados a tres años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación especial para ejercer funciones policiales.
El hecho ocurrió el 8 de abril de 2024, cuando Agudo regresaba caminando de un gimnasio hacia su casa. En ese contexto, fue interceptado por un móvil policial que, sin motivos objetivos, lo abordó y lo acusó de manera infundada.
Según quedó acreditado en la causa, uno de los efectivos llegó a apuntarlo con una escopeta, lo que provocó que el joven huyera por miedo. Fue alcanzado en un descampado, donde los policías lo derribaron, le torcieron los brazos y lo trasladaron hasta el patrullero, manteniéndolo privado de su libertad durante varios minutos.
Como consecuencia del accionar policial, Agudo sufrió una lesión en el hombro y un fuerte impacto emocional.
En su fallo, el Superior Tribunal remarcó que no existió ninguna “actitud sospechosa” que justificara la intervención policial, basándose en imágenes de cámaras de seguridad que mostraban al joven caminando con normalidad en una zona iluminada.
Además, los magistrados subrayaron que la Policía debió adecuar su actuación al tratarse de una persona con discapacidad, conforme a los protocolos vigentes, lo cual no ocurrió.
También se ratificó la responsabilidad de los tres efectivos, incluyendo a la agente de mayor jerarquía, al considerar que tenía control sobre el procedimiento.
El fallo también avaló que durante el juicio se adoptaran medidas para facilitar la declaración de la víctima, como permitirle declarar en un entorno más accesible, en línea con normativas internacionales sobre derechos de las personas con discapacidad.
Finalmente, el tribunal consideró como agravantes el daño psicológico sufrido por la víctima, el contexto nocturno del hecho y la intervención de varios agentes armados.


