Uno por uno, quiénes son los 36 acusados, que rol cumplían
y cuál es la pena que solicitan para cada uno, entre ellos para un comisario.
La estimación del daño económico para el Estado Santafesino.
Al presentar la acusación para la realización del juicio
oral y público, el Ministerio Público de la Acusación formuló también el
requerimiento de condenas para las 36 personas imputadas por conformar
asociaciones ilícitas para organizar y explotar juegos ilegales, lo que también
detallamos en este informe, con los correspondientes argumentos. Las penas
solicitadas van de 3 años, a un máximo de 7 años y medio.
A 7 personas se les atribuye haber sido Jefes de dichas
asociaciones ilícitas; los demás, como partícipes del delito y con diferentes
responsabilidades, lo que también aquí se informa. También piden la condena
para el Comisario Danilo Ivan Barrientos, y no solo por los juegos ilegales. Entre los acusados hay, además, titulares de
agencias oficiales.
El requerimiento de apertura del juicio fue informado por
el Ministerio Público de la Acusación, que en estas causas está representado
por los Fiscales Rubén Martínez y Nicolás Maglier; son quienes presentaron
formalmente la acusación ante la O.G.J. (Oficina de Gestión
Judicial) de los tribunales de Reconquista. Por ese medio, solicitaron que
todos los imputados –25 mujeres y 11 hombres que tienen entre 25 y 83 años–
sean juzgados en el marco de un debate oral y público.
AL MENOS CINCO ASOCIACIONES ILÍCITAS
Los Fiscales informaron que de la investigación surgió que
al menos 5 asociaciones ilícitas dedicadas a la explotación ilegítima de juegos
de azar funcionaron con permanencia en el tiempo en Reconquista y sus zonas de
influencia.
"Los jefes de las bandas delictivas organizaron
sistemas para levantar apuestas de juegos de lotería y quiniela clandestinos.
Para lograr sus objetivos, se vincularon con otras personas, incluso con
titulares de agencias oficiales en las que realizaban apuestas tras detectar
números muy elegidos en el circuito ilegal”, explicaron los Fiscales
Martínez y Maglier.
"Los grupos criminales eran financiados
por sus Jefes, quienes se beneficiaron con los altos márgenes de rentabilidad
de las apuestas no ganadoras. Además, obtuvieron rédito económico de la falta
de aportes y contribuciones patronales a sus empleados, así como de los
impuestos correspondientes al juego legal que no abonaron",
agregaron.
COIMAS
Los representantes del M.P.A. (Ministerio Público de la
Acusación) aseguraron que en reiteradas
oportunidades, los Jefes de las asociaciones delictivas ordenaron y dispusieron
pagos a funcionarios públicos provinciales -que en su mayoría aún no lograron
ser identificados- para que no investigaran o fiscalizaran las actividades
ilegales .
ACUSACIÓN
La presentación de la acusación es un paso procesal en el
que la Fiscalía solicita la apertura del juicio oral y público contra las
personas investigadas.
El escrito, que está destinado a un Juez de la
Investigación Penal Preparatoria, contiene un detalle de las evidencias
reunidas y fundamenta los requerimientos del M.P.A. (Ministerio Público de la
Acusación) en relación al caso. También informa los datos personales de los
imputados, los hechos ocurridos, la calificación legal de los ilícitos y la
pena solicitada.
Luego de la presentación de la acusación y de habérselo
comunicado a la Defensa, la O.G.J. (Oficina de Gestión Judicial) debe convocar
a una audiencia preliminar en la que las partes (Fiscalía, Defensa y Querella)
discuten acerca de lo planteado.
Finalizada la audiencia preliminar, si el Juez considera
que la acusación de la Fiscalía tiene proyección de condena y que están
cumplidos los requisitos para que se desarrolle un debate oral y público, debe
disponer el auto de apertura a juicio para programar una fecha de inicio y
sorteo del tribunal.
QUERELLANTE
El Fiscal Martínez informó que "la provincia de
Santa Fe es querellante en la investigación". En tal sentido, valoró "la
decisión del Estado santafesino de participar activamente en el proceso"
y concluyó que "se trata de la primera investigación de juego ilegal en
el norte provincial, en la que la provincia se constituye como
querellante".
LOS DAÑOS CAUSADOS
Sostienen los Fiscales que estando la Provincia de Santa Fe
constituida como querellante en esta causa, le corresponde a sus funcionarios
evaluar el daño ocasionado al erario provincial y a la Caja de Asistencia
Social de la Provincia de Santa Fe (Caja de Lotería de Santa Fe).
De todas maneras señalan que, "aunque resulta
difícil estimar el monto de las apuestas ilegales que eran captadas por estas
organizaciones delictivas, podemos mencionar que conforme información fidedigna
de la Lotería de Santa Fe, existen en nuestro nodo un total de ochenta (80)
Agencias y Subagencias Oficiales de Lotería de Santa Fe, las que antes de los allanamientos
realizados el 5 de noviembre de 2019, facturaban un promedio de 400.000 pesos por mes.
En el mismo mes de noviembre, luego de los allanamientos, la recaudación de las mismas subió a un
promedio de 800.000 pesos por mes, es
decir el doble, hecho que se siguió repitiendo en los meses posteriores,
lo que da una idea del
monto millonario que tal actividad ilegal recaudaba en la zona, con
organizaciones delictivas sofisticadas que además contaban con la protección
policial, a punto tal que la investigación y los allanamiento debiendo hacerse
con personal de Investigaciones del M.P.A. (Ministerio Público de la Acusación)
y fuerzas policiales de otra ciudades y
montarse un operativo confidencial para evitar filtraciones".
Añaden que "es importante también considerar los
perjuicios ocasionados a las trabajadores y trabajadores dependientes de los
jefes de las organizaciones, quienes ante la no registración fueron privadas de
ciertos derechos laborales e incluso, ante el desbaratamiento de las
organizaciones, no pudieron acceder a beneficios previsionales o de la
seguridad social, quedando desamparadas económica y laboralmente. Ello lo
acredita el informe suscrito por el CPN Marcelo Sassia Friggeri, de la AFIP, de
donde resulta que varias de las personas que se encontraban al frente de los
kioscos u oficinas allanadas, no poseen actividad económica activa".
LOS 36 ACUSADOS PARA QUIENES SE PIDE
CONDENA Y QUIÉNES SON
SUS DEFENSORES
1. JOSÉ
SIXTO "PAJARITO" ROSSI VERDARO, DNI Nº 6.234.589,
nacido el 13/08/1938 en Santa Fe Capital, divorciado, jubilado, con domicilio
en calle Echagüe N.º 6284, de la localidad de Santa Fe, Capital; hijo de José
Luis Rossi y de Adelaida Emilia Verdaro. Su defensa es ejercida por los
abogados Nicolás Daniel Tajes y Ignacio Alfonso Garrone.
2.
GRACIANA VALERIA AGUSTINI GAHN, DNI N.º 31.849.684, casada,
instruida (secundaria completa), comerciante, con domicilio legal en calle
Freyre N° 785 Reconquista y domicilio real en Calle Belgrano N° 1315 Dpto. 1 C,
nacida en Reconquista el 08/09/1985, hija de Daniel Abelardo "El
Chino" Agustini (ya fallecido) y Adriana Griselda Gahn.
3.
ADRIANA GRISELDA GAHN, DNI N.º 14.336.684, comerciante,
divorciada, de instrucción secundario incompleto, domiciliada en Calle Freyre
N° 785, nacida en Reconquista el 26/04/1961, hija de Aldo Víctor Gahn y Norma
Antonia Roberts.
4.
LILIANA GRACIELA GAHN, DNI N° 17.202.223, nacida en Reconquista el
22/07/1965, de apodo "Lili", divorciada, comerciante, domiciliada en
Barrio 314 viviendas, manzana 8, casa 133 de Reconquista, hija de Horencio
Horacio Gahn y de Doris Angelita del Carmen Bassán.
5.
CARLOS EMILIO "CHARLY" MARIANI, DNI Nº 30.156.716, nacido en
Reconquista el 06/04/1983, autónomo, soltero, de instrucción secundario
completo, hijo de Carlos Alberto Antonio Mariani y de Alcira Raquel Martinez,
domiciliado en calle 49 Nº 2552 de Reconquista.
6. JUAN
ANGEL "PACHY" ALEGRE, DNI Nº 26.002.813, nacido en
Reconquista el 02/07/1977, soltero, de instrucción primario completo, hijo de
Angel Alegre y de María del Carmen Perez, domiciliado realmente en calle Lucas
Funes Nº 54 de Reconquista.
7. ALDO
GUSTAVO GAHN, DNI Nº 16.237.934, nacido en Reconquista el
05/08/1963, comerciante, casado, de instrucción secundario completo, hijo de
Aldo Víctor Gahn y de Norma Antonia Roberts, domiciliado realmente en Edificios
Pampa II, piso 1, dpto 7 de Reconquista.
8. RAÚL
JAVIER ARRAGA, DNI. Nº 24.701.753, de 47 años de edad,
casado, de instrucción secundaria incompleta, comerciante, domicilio en Calle
Jorge Newbery N° 864 del Barrio San Martín, nacido en Reconquista el
22/10/1972, hijo de Alejandro Fidel Luis Arraga y de Juana Antonia Furlán.
9. FANY
LETICIA LOURDES BENÍTEZ, DNI. Nº 16.908.988, nacida en Avellaneda
(Santa Fe) el 10/07/1964, empleada, soltera, de instrucción primaria completa,
hija de Leonardo Benitez y de Nelly Herminda Franco, domiciliada realmente en
calle 6 Nº 346 del Barrio Sartor de Avellaneda.
Los imputados enumerados desde el N° 2 al N° 9,
son defendidos por abogados del estudio Degoumois (Ricardo Degoumois, Daniel
Alcides Baralle y Mariana Soledad Zechín); asimismo, el
abogado Martín Alejandro Binaghi, con igual domicilio legal, representa a su
señora, Graciana Agustini; y a la madre de ésta: Adriana Gahn.
10.
ADRIAN MARCELO MAI, DNI Nº 31.849.880, soltero, instruido
secundario completo, comerciante, domicilio en Calle Belgrano N°: 524
Reconquista, nacido en Reconquista el 04/10/1985, hijo de Ramón Mai y de Delia
del Carmen Marti.
11.
DELIA DEL CARMEN MARTI, DNI Nº 11.412.403, Argentina, nacida en
Reconquista el 27/02/1955, jubilada, casada, de instrucción secundario
completo, hija de Héctor Horacio Marti y de Delia Magdalena Cainelli,
domiciliada realmente en calle Colon Nº 659 de Reconquista.
12.
DANIELA ESTEFANÌA BIASONI, DNI N.º 34.821.313, nacida en
Reconquista el 21/10/1990, empleada, soltera, de instrucción universitario
incompleto, hija de don Daniel Oreste Biasoni y de Analía Claudia Bertello,
domiciliada en calle Pueyrredon Nº 948 de Reconquista.
13.
VANINA ANDREA MAI, DNI N° 26.002.686, nacida el 07/06/1977 en
Reconquista, hija de Ramon Mai y de Delia del Carmen Marti, de ocupación
docente, de instrucción terciario completo, domiciliada en calle 15 Nº 211 de
Avellaneda.
Los imputados numerados del 10 al 13 son
asistidos legalmente por los abogados Andrés Ghio, Andrés Ramseyer y Nicolás
Heber Tofful.
14.
GREGORIO NÉSTOR "CHACO" RAMÍREZ, DNI Nº 12.462.810,
argentino, divorciado, de instrucción primaria completa, comerciante, domicilio
en calle 83 N° 1207 de la ciudad Reconquista, nacido en Reconquista el
22/10/1956, hijo de Ramón Mateo Ramirez y de Rosa Cardozo.
15.
LUCIANA BEATRIZ CALDERÓN, DNI N.º 33.071.442, nacida en Vera el
23/02/1988, de ocupación comerciante, de instrucción secundaria incompleta,
domiciliada Calle 17 N° 256 Avellaneda (Santa Fe), hija de Alejandra Graciela
Calderón.
16.
GREGORIO NÉSTOR RAMÍREZ (hijo), DNI Nº 34.541.327, nacido en
Reconquista el 18/04/1989, soltero, de instrucción secundario incompleto, hijo
de Gregorio Nestor "Chaco" Ramirez y de Liliana Graciela Gahn,
domiciliado en 374 viviendas, manzana 2, casa 16 Planta Baja, de Reconquista.
17.
DANIELA VANESA SEGOVIA, DNI Nº 37.829.297, nacida en Reconquista
el 25/01/1994, ama de casa, soltera, de instrucción secundaria completa, hija
de Ángel Segovia y de Angela Haydee Blanco, domiciliada en calle 50 Nº 2095
departamento 3 del Barrio Lanceros del Sauce, Reconquista.
Los imputados enumerados del 14 al 17 son
asistidos legalmente por los abogados Leonardo Gabriel Baucero y Adrián Ramón
Picech.
18.
DANILO IVAN BARRIENTOS, DNI N° 28.131.761, nacido el 10/06/1980
en Vera, empleado policial, soltero, de instrucción terciario completo, hijo de
Graciela Beatriz Patricelli y de Danilo Manuel Barrientos, domiciliado
realmente en el Barrio 100 viviendas, manzana G, casa 75 de Reconquista.
19.
EMILSE LUISINA MARTÍNEZ, DNI N° 32.074.269, comerciante, estado
civil divorciada, de instrucción secundario completo, domiciliada en Barrio 100
viviendas, manzana G, casa 75 de Reconquista, nacida en Vera el 01/06/1986,
hija de Nelson Martínez y de Susana Beatriz Barú.
20.
SANTIAGO ALEJANDRO SAUCEDO, DNI Nº 20.224.118, nacido en el año 1969
en Reconquista, hijo de Bernardo Roque Saucedo y Carmen del Valle Bravo,
domiciliado en calle 43 Nº 977 del Barrio Chapero de Reconquista, de
instrucción secundario incompleto, estado civil soltero.
21.
CLAUDIA MABEL PEREYRA, DNI: 21.032.044, nacida el 11/10/1969 en
Lanteri, domiciliada en calle Olessio N° 46 de Reconquista; hija de Enrique G.
Pereyra y de Marta Fernández, de instrucción secundario completo, de ocupación
comerciante.
Los imputados enumerados desde el N° 18 al 21
son defendidos por los abogados Ricardo Degoumois y Daniel Baralle.
22.
GERALDINE JAQUELINE SANDOVAL; DNI N° 34.821.172, nacida en
Avellaneda el 07/12/1989, monotributista, soltera, de instrucción secundario
completo, hija de José Omar Sandoval y de Norma Mabel Bais, domiciliada
realmente en calle 43 Nº 132 de Reconquista, asistida legalmente por el abogado
Andrés Ghio.
23.
MARCELO ANDRÉS DRIUSSI, ALIAS "EL GRINGO" Y "MADERA", DNI
Nº 17.201.866, divorciado, de instrucción secundaria completa, comerciante,
nacido en Reconquista el 28 de abril de 1965, hijo de Eleuterio Juan Driussi
(ya fallecido) y de Hilda María Magnago.
24.
MARÍA ALEJANDRA PUJATO, DNI Nº 4 17.964.260, comerciante y
docente, divorciada, terciario completo, domiciliada en Calle 9 de Julio N°
1310 dpto 3, P.B. de Reconquista, nacida en Santa Fe Capital el 07/12/1965,
hija de Aroldo Pujato y de Olga Ester Viale.
25.
DALILA ELISABET YORIS, DNI N°: 31.216.007, nacida en Malabrigo, el
14/08/1984, domiciliada en Pasaje 13/15 sin número del Barriio Santa Rosa de
Reconquista, comerciante, de instrucción secundario completo, hija de Raúl
Nestor Yoris y de Cledia Elena Fernandez.
26.
SELENE SOLEDAD BARAGIOLA, DNI N° 30.156.931, nacida en Reconquista
el 25/05/1983, domiciliada en Ledesma Nº 615 Reconquista, de instrucción
secundario completo, hija de Roque Raul Baragiola y de Viviana Ester Gallo.
27.
LORENA PAOLA CORREA, DNI Nº 29.853.829, nacida el 18/01/1983 en
Reconquista, hija de Ricardo Correa y de Maria Bernarda Gallo, de instrucción
secundario completo, domiciliada en calle Colón N° 138, Reconquista.
28.
PAOLA VANESA DRIUSSI, DNI Nº 34.045.511, nacida el 12/08/1988, de
ocupación comerciante, domiciliada en Calle Lucas Funes N° 270 Reconquista,
hija de Marcelo Andrés Driussi y de María Alejandra Pujato, de instrucción
secundario completo.
29.
SUSANA MERCEDES CANTERO, DNI Nº 24.607.321, nacida en Reconquista
el 02/10/1975, ama de casa, casada, de instrucción secundaria completa, hija de
Guillermo Cantero y de Matilde Leonor Felipa Mai, domiciliada realmente en
calle General Obligado Nº 2808 Reconquista.
30.
CAREN VANESA BOURNISSENT, DNI N° 36.508.459, nacida en Avellaneda
el 25/01/1992, empleada, soltera, de instrucción secundaria incompleta, hija de
Eduardo Luis Bournissent y de Nancy Maria Blasic, domiciliada realmente en
calle 11 Nº 667 de Avellaneda.
31.
MARÍA EUGENIA GANCHIER, DNI N° 37.074.480, nacida en Reconquista
el 06/11/1992, empleada, soltera, de instrucción secundaria completa, hija de
Carlos Luis Ganchier y de Angélica Lucia Espindola, domiciliada realmente en
Bv. Lovatto Nº 1244 de Reconquista.
32.
KAREN NOELI LEMOS, DNI 37.452.896, nacida en Reconquista el
14/10/1993, niñera, soltera, de instrucción terciario incompleto, hija de
Ricardo José Lemos y de Griselda Fabiana Duarte, domiciliada realmente en calle
58 Nº 2371 del Barrio Belgrano de Reconquista.
33.
CAREN DAIANA CENTURIÓN, DNI N.º 35.454.478, nacida en
Reconquista el 07/11/1990, soltera, de instrucción secundaria completa, hija de
Fabio Ismael Centurión y de Yolanda Dolores Valenzuela, domiciliada realmente
en calle Chacabuco Nº 380, piso 8, dpto B de la Ciudad de Cordoba Capital.
34.
MARIELA NATALIA ALEGRE, DNI N° 24.726.940, nacida en Reconquista
el 08/08/1975, empleada, soltera conviviente, de instrucción secundaria
incompleta, hija de Desiderio Alfonso Alegre y de Maria Antolina Sanchez,
domiciliada realmente en calle 67 Nº 1114 de Barrios Unidos de Reconquista.
35.
MELANI "MELI" YORIS, DNI Nº 37.970.395, nacida en
Reconquista el 26/07/1996, empleada, separada, de instrucción secundaria
completa, hija de Eladio Fabián Yoris y de Elisa Adriana Insaurralde,
domiciliada realmente en Barrio 374 Viviendas, manzana 7, casa 80, Planta Alta,
de Reconquista.
Los imputados enumerados desde el Nº 23 al 35,
son defendidos técnicamente por los abogados Ricardo Degoumois, Daniel Baralle
y Mariana Soledad Zechin
36.
NATALIA ANDREA CAIRATTI, DNI 24.898.053, nacida en Reconquista el
16/10/1975, soltera, de instrucción terciario incompleto, hija de Juan Carlos
Cairatti y de Stellla Maris Ruiz Díaz, domiciliada realmente en Ley 1420 Nº 512
de Reconquista, asistida legalmente por la defensora pública María Noel Severo.
ACUSADOS DE SER JEFES
Raul Javier Arraga
Marcelo Driussi
Santiago Saucedo
Gregorio "Chaco" Ramírez
José "El Pajarito" Rossi
Verdado
Graciana Agustini
Adrián Mai
Fueron acusados por haber organizado, explotado
y administrado en forma continua y habitual, como modo de vida y actividad
económica personal, por si mismo y a través de terceros que dependían
jerárquica, laboral y económicamente de cada imputado, un sistema de captación
de juegos de azar por apuestas de dinero sin contar con la autorización
pertinente emanada de la autoridad competente.
Establecieron una organización de medios personales,
materiales y económicos destinada al levantamiento o captación de apuestas
dinerarias para juegos de lotería y quiniela no oficial, usando para la
determinación y asignación de premios los sorteos que realizan los organismos
oficiales de Lotería; y haber realizado también maniobras de captación de
juegos de azar por apuestas de dinero similares, todas dentro de la
clandestinidad de la organización establecida. Asimismo, como medio de encubrir
las maniobras clandestinas, haber utilizado la habilitación que alguno de los
integrantes de la asociación ilícita o terceros conocidos o amigos tenían para
operar oficialmente en la captación de apuestas mediante Agencias Oficiales de
Lotería y Quinielas.
Asimismo, se les imputó haber tomado parte en calidad de
jefes y organizadores de una asociación o banda de 3 o más personas destinada a
cometer especialmente delitos de fraude al comercio y la industria, contra la
administración pública, la recaudación por autoridades públicas de tributos que
deben ser abonados legalmente, la seguridad pública, la fe pública y la
administración pública, formada mediante acuerdo o pacto de sus componentes,
con carácter permanente, con distribución y rotación de roles y de tareas, con
estructura jerárquica de mandos, dirigiendo a los miembros que dependientes.
También se les imputó haber ordenado, dispuesto por sí y
acordado personalmente cada imputado y en ocasiones con los demás, el monto y
modo de pago de sumas de dinero a funcionarios públicos provinciales no
determinados a la fecha para que no investiguen o fiscalicen sus actividades y,
de esa manera, permitan el desarrollo de la actividad clandestina e ilícita,
sea pertenecientes a fuerzas de seguridad de la Provincia, fuerzas de seguridad
nacionales o bien a la Administración de la Lotería de Santa Fe u otros
estamentos administrativos.
Se calificó su accionar como explotación, administración y
organización de sistema de captación de juegos de azar, sin contar con la
autorización pertinente emanada de la autoridad competente -juego clandestino-
en concurso ideal con defraudación a la administración pública, cohecho y
asociación ilícita en calidad de jefes u organizadores, y ambos hechos en
Concurso Real con los anteriores, y en calidad de autores (arts. 301 bis, 174
inc. 5º, 258, 210, 54, 55, 45 del Código Penal).
Además, a Sixto "Pajarito" Rossi y a Adrian Mai,
también se les imputó el delito de tenencia ilegítima de arma de fuego de uso
civil, sin la debida autorización, en calidad de autores, en concurso real con
los delitos antes imputados (art. 45, 55 y 189 bis inc. 2 del Código Penal).
LOS ACUSADOS DE SER PARTÍCIPES DE LOS
DELITOS
Adriana Gahn, Liliana Gahn
Carlos Mariani
Juan Ángel Alegre
Aldo Gustavo Gahn
Fany Leticia Lourdes Benítez
Delia del Carmen Marti
Daniela Estefanía Biasoni
Vanina Andrea Mai
Luciana Beatriz Calderón
Gregorio Nestor Ramírez (hijo de Chaco
Daniela Vanesa Segovia
Emilse Luisina Martínez
Claudia Mabel Pereyra
Geraldine Jaqueline Sandoval
Alejandra Pujato
Dalila Elisabet Yoris
Selene Soledad Baragiola
Lorena Paola Correa
Paola Driussi
Susana Cantero
Caren Vanesa Bournissent
María Eugenia Ganchier
Karen Noeli Lemos
Caren Daiana Centurión
Mariela Natalia Alegre
Melani Yoris
Natalia Andrea Cairatti
Se los acusó por haber formado parte de la explotación,
administración y organización de ese sistema de captación de juegos de azar sin
autorización emanada de autoridad competente.
Asimismo, se les imputó a los antes mencionados, haber
formado parte como miembros de una asociación o banda de tres o más personas
destinada a cometer delitos de fraude al comercio y la industria, contra la
administración pública, la recaudación por autoridades públicas de tributos que
deben ser abonados legalmente, la seguridad pública, la fe pública y la
administración pública, formada mediante acuerdo o pacto de sus componentes,
con carácter permanente, con distribución y rotación de roles y de tareas, con
estructura jerárquica de mandos.
También se les imputó haber participado en el pago de sumas
de dinero a funcionarios públicos provinciales no determinados a la fecha para
que no investiguen o fiscalicen sus actividades y, de esa manera, permitan el
desarrollo de la actividad clandestina e ilícita, sea pertenecientes a fuerzas
de seguridad de la Provincia, fuerzas de seguridad nacionales o bien a la
Administración de la Lotería de Santa Fe u otros estamentos administrativos.
Estas personas fueron imputadas porque cumplían el rol de
levantadores.
Se calificó el accionar de estas personas acusadas como
explotación, administración y organización de sistemas de captación de juegos
de azar, sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad
competente -juego clandestino- en concurso ideal con defraudación a la
administración pública, cohecho y asociación ilícita en calidad de miembros, en
concurso real con los anteriores y en calidad de autores (arts. 301 bis, 174
inc. 5º, 258, 210, 54, 55, 45 del Código Penal).
LA SITUACIÓN DEL COMISARIO DANILO IVÁN
BARRIENTOS
Piden prisión de efectivo cumplimiento y su
inhabilitación absoluta.
El Ministerio Público de la Acusación también pidió la
condena de cumplimiento efectivo para un comisario que "incumplió sus
deberes públicos a cambio de dinero", entre otros delitos.
Es Danilo Ivan Barrientos, quien era Jefe de la Comisaría
de la localidad de Fortín Olmos (departamento Vera) al momento los hechos;
quien "recibió dinero por incumplir sus deberes públicos de
control"; pero además, explotó en forma continua y habitual, como modo
de vida y actividad económica personal, por si mismo y como parte de una
estructura mayor con vínculos con Emilse Luisina Martínez, Marcelo Driussi y
Gregorio Néstor "Chaco" Ramírez, entre otras personas, un sistema de
captación de juegos de azar con apuestas de dinero sin contar con la
autorización pertinente emanada de la autoridad competente.
También se le imputó haber formado parte en calidad de
miembro, de una asociación o banda de 3 o más personas destinada a cometer
especialmente delitos de fraude al comercio y la industria, contra la
administración pública, la recaudación por autoridades públicas de tributos que
deben ser abonados legalmente, la seguridad pública, la fe pública y la
administración pública, formada mediante acuerdo o pacto de sus componentes,
con carácter permanente, con distribución y rotación de roles y de tareas, con
estructura jerárquica de mandos, dirigiendo a los miembros que dependían de los
Jefes. Asimismo, se le imputó que abusando de su cargo de Comisario Supervisor,
hizo pagar una contribución o una dádiva. El 7 de noviembre de 2019 aceptó
"beneficios" ofrecidos por el Sr. Ricardo Altamirano, miembro
integrante del gobierno de la Comuna de Tartagal, Dpto Vera, por la prestación
de los servicios de seguridad o policía adicional en una fiesta organizada por
la Comuna, más precisamente "la fiesta del pueblo.- y haber convertido en
provecho propio las exacciones ilegales realizada".
PENAS SOLICITADAS
Para los Jefes de las organizaciones delictivas
mencionadas, se solicita la aplicación de las siguientes penas:
JOSÉ "PAJARITO" ROSSI: 7
años y 6 meses de Prisión.
MARCELO DRIUSSI: 7
años de Prisión.
ADRIÁN MAI: 6 años y 6 meses de
Prisión.
Para GRACIANA AGUSTINI, JAVIER ARRAGA, SANTIAGO SAUCEDO
Y GREGORIO "CHACO" RAMÍREZ, 6 años de prisión, en todos los
casos, de cumplimiento efectivo.
Para la fijación de las penas antes referidas, los Fiscales
sostienen que tienen en cuenta el nivel de instrucción de los acusados, la
capacidad de diferenciar el bien del mal y actuar en consecuencia, las
estructuras delictivas montadas y el capital generado a partir de la actividad
ilícita. Se considera la gravedad del delito de Cohecho, el pago a funcionarios
públicos para que no fiscalicen o denuncien su actividad ilícita, lo que les
permitía a sabiendas de la ilegalidad, actuar sobre seguro y seguir expandiendo
su negocio ilegal, gozando de la impunidad que le brindaba la protección
policial como evidenciada en las conversaciones antes referidas.
Aclaran que en las penas solicitadas para Pajarito Rossi y
Adrián Mai, tienen en cuenta que se les agrega el delito de tenencia ilegal de
las armas de fuego que secuestraron en su poder en los allanamientos.
En cuanto a Pajarito Rossi también consideran su
trayectoria delictiva con reiteración de hechos, su dispersión en toda la
provincia, la concentración económica, el tiempo durante el cual desarrollo la
actividad ilícita, sobre todo el cohecho que le permitió durante tanto tiempo
desarrollar la actividad con tanta impunidad.
En relación a Marcelo Driussi, consideraron la reiteración
de su conducta delictiva, la estructura montada, la cantidad de miembros con
los que contaba, y su expansión hacia el norte santafesino.
Reprochan que Driussi fue allanado en el año 2017, donde fue
notificado sobre la ilicitud de su actividad, y pese a ello, tanto él como los
demás miembros de su organización, continuaron con la actividad ilegal, tal es
así que las personas presentes durante los allanamientos realizados en el mes
de Noviembre de 2019, son -en su mayoría- las mismas.
Para los colaboradores más inmediatos de los antes
nombrados, se solicita la aplicación de la pena de 3 años y 6 meses de Prisión
de ejecución efectiva .
Ellos son:
María Alejandra Pujato (ex mujer de
Driussi)
su hija Paola Driussi
Natalia Cairatti
Lorena Correa
Dalila Yoris
Selene Baragiola
Vanina Mai
Delia del Carmen Marti
Luciana Calderón
Gregorio Ramírez (hijo de
"Chaco")
Adriana Gahn
Aldo Gustavo Gahn
Juan Alegre
Carlos Mariani
Fanny Benítez
Claudia Pereyra
Geraldine Sandoval
Emilse Luisina Martínez