EFECTO
PULLARO
Es muy evidente que las
escuchas telefónicas realizadas al Ministro de Seguridad Maximiliano Pullaro,
revelan
las presiones a la Justicia por parte del poder político.
"Venimos
planteando que hay investigaciones abiertas por causas que son sensibles al
poder y hubo interferencias de la política a la Justicia para que estas causas
no avanzaran. Estos audios corroborarían lo que venimos diciendo",
subrayó el legislador Leandro Busatto.
Lo que se trasluce es que al Poder Político santafesino, no les gusta que los investiguen. Lamentable.
EL
COMUNICADO TEXTUAL
Comunicado
de la Junta de Fiscales del MPA
La Junta de Fiscales
compuesta por el Fiscal General y los cinco Fiscales Regionales del Ministerio Público de la Acusación de la
Provincia de Santa Fe se reunió hoy de manera extraordinaria, en virtud de la
ley que sancionó la legislatura provincial el pasado jueves 30 de noviembre, que
modificó la ley 13.013 y desplazó el poder disciplinario de los Fiscales y
Fiscales Adjuntos a la órbita del Poder Legislativo.
La Junta de Fiscales
manifiesta su preocupación por el modo sorpresivo e intempestivo de la sanción
de la norma. Llama poderosamente la atención que una ley de tanta importancia
fue sancionada sin debate previo, en tiempo récord y en la última sesión
ordinaria del año.
La nueva norma conforma un
avasallamiento a la independencia y autonomía del órgano encargado de la persecución
penal en tanto modifica el régimen de remoción de los Fiscales y Fiscales
Adjuntos, que ahora pasa a depender exclusivamente del Poder Legislativo,
circunstancia que refleja su dudosa constitucionalidad conforme al artículo 120
de la Constitución Nacional.
El sistema constitucional de
división de poderes se centra en un control político de los órganos superiores
del MPA (Fiscal General, Fiscales Regionales y Auditor General de Gestión) Por
su parte, los Fiscales y Fiscales Adjuntos deben estar sometidos a controles
jurídico-disciplinarios tal como estaba previsto en la derogada norma y como lo
regulan las leyes orgánicas de los Ministerios Públicos de todo el país. En tal
sentido, la norma derogada seguía la línea de lo previsto en el artículo 91 de la
Constitución Provincial, en tanto el juzgamiento de los Ministros de la Corte
Suprema de Justicia de la Provincia se realiza a través del juicio político, y
el de los jueces a través del jury de enjuiciamiento (ley provincial número
7.050).
La versión original de la
ley 13.013 preveía un modelo disciplinario innovador en el cual un Auditor de
Gestión (que accede al cargo por concurso de antecedentes y oposición, dura en
el mismo seis años, es seleccionado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del
Poder Legislativo) es quien investiga y acusa a los fiscales. Además,
establecía que un tribunal integrado por distintos estamentos institucionales
–un Diputado; un Senador; un representante de los colegios de abogados; un
Fiscal Regional; y el Fiscal General (con voto solamente en caso de empate) era
el encargado de juzgar.
Las modificaciones aprobadas
la semana pasada colocan a los Fiscales y Fiscales Adjuntos en una situación de
inestabilidad y precariedad en cuanto a su objetividad técnica-funcional con
capacidad tal de aniquilar la independencia de poderes y la igualdad de los
ciudadanos ante la ley.
Finalmente, otra
consecuencia de la nueva versión de la ley resulta en el debilitamiento de las
políticas de persecución penal de los órganos de dirección del MPA.
En función de la gravedad
institucional, la Junta de Fiscales solicita al Poder Ejecutivo tenga a bien
estudiar la posibilidad de hacer uso de sus facultades constitucionales para
remediar la situación, que coloca a la provincia de Santa Fe en un lugar de
retroceso de la calidad institucional en el concierto en las provincias
argentinas.
Santa Fe, lunes 4 de
diciembre de 2017.