DECRETO QUE EVITA LA SALIDA
PREMATURA DE DELINCUENTES DE ALTA PELIGROSIDAD
Por medio de un decreto, el gobernador Miguel
Lifschitz endureció las evaluaciones para otorgar libertades y salidas
transitorias a detenidos. La medida se tomó a instancias del Minisetrio de
Seguridad, con el fin de evitar la salida prematura de condenados con alto
perfil de peligrosidad.
La reforma, propuesta por el
Ministerio de Seguridad y la secretaría de Asuntos Penitenciarios, se
fundamenta en la necesidad de brindar a jueces y fiscales herramientas
normativas más precisas a la hora de evaluar el otorgamiento de libertades y
salidas transitorias. La medida contempla la necesidad de evaluar más
restrictivamente la situación de ofensores sexuales, reincidentes y otras
categorías de condenados que se consideran de mayor peligrosidad.
SALEN Y VUELVEN A DELINQUIR
El ministro de Seguridad,
Maximiliano Pullaro, ya había manifestado la intención de reformar los códigos
de conducta a la hora de la evaluación: “Hay acusados a los que se les concede
el beneficio de la salida transitoria y estando bajo ese régimen vuelven a
delinquir; a veces no se presentan y quedan en busca y captura o hasta matan,
como ya hay antecedentes en la ciudad de Rosario, incluso hace pocos meses”.
UNA HERRAMIENTA PARA EVITAR
EL OTORGAMIENTO APRESURADO DE LIEBERTADES CONDICIONALES
De esta manera, se aporta
una herramienta para evitar el otorgamiento apresurado de libertades, con el
riesgo que ello implica para la seguridad pública. La nueva reglamentación dará
lugar a dictámenes más estrictos por parte de los organismos penitenciarios.
Pablo Cococcioni, secretario
de Asuntos Penitenciarios de la provincia, explicó que “para tomar esa
decisión, el juez recibe un conjunto de informes sobre la conducta y los
tiempos cumplidos sobre la condena. Para anular toda posibilidad de alguna
excusa en este sentido, hicimos una reforma de la herramienta normativa de todo
lo que produce el servicio penitenciario como informe, es decir las sanciones
disciplinarias, de manera de poder brindar un informe que dé pie al juez para
negar el beneficio cuando corresponda”.
La Ley 24.660 establece los
lineamientos básicos de la ejecución de la pena privativa de libertad, que
deben ser especificados y reglamentados por las provincias. La norma data del
año 1996 y fue reglamentada por la provincia de Santa Fe en el año 2011. Desde
entonces, en estos 15 años en que se trabajó sin un reglamento formal, las
autoridades administrativas fueron dictando resoluciones para llenar ese vacío
normativo. En el marco de esa producción informal, se estableció en la segunda
gobernación de Jorge Obeid, la equivalencia entre conducta y concepto.
La conducta es el
acatamiento de las normas de convivencia del penal, con lo cual todo interno
que no sea sancionado por faltas internas va ascendiendo su calificación cada
trimestre. Por otra parte, el concepto implica un pronóstico sobre las chances
de reinserción social exitosa del interno. Unificar ambas calificaciones en
aquella primera reglamentación de 2011 hizo que “una persona que es reincidente
por cuarta vez, probablemente tenga conducta ejemplar porque ya se sabe de
memoria el sistema y sabe cómo hacer conducta, pero esto no refleja que cuando
salga en libertad lo va a hacer”, informó Cococcioni.
BUENA CONDUCTA EN LA CÁRCEL,
SALEN Y COMETEN PEORES DELITOS POR LOS QUE LOS CONDENARON
Como ejemplos concretos de
esta falencia, se pueden citar los casos de los ofensores sexuales, los
reincidentes y hasta los integrantes de organizaciones criminales complejas.
“Todos ellos suelen tener buena conducta por diferentes razones: no cometen o
no son descubiertos en la comisión de infracciones disciplinarias. Algunos,
incluso, convencen a otros de cometerlas por ellos.
Otros, conocen el sistema y
saben cómo mostrar acomodamiento a sus reglas. Y los casos de presos por
delitos sexuales, dentro de la cárcel son poblaciones perseguidas evitan ser
agredidos por presos comunes, cumpliendo casi a rajatabla las normas de
conducta”, agregó el secretario.
La reforma “afecta de
inmediato el modo en que trabajan los funcionarios penitenciarios que tienen
que hacer las calificaciones de concepto, las sanciones disciplinarias y, de
manera indirecta, debe impactar en las decisiones judiciales. Nosotros
esperamos que los jueces acompañen esta reforma, que la apliquen y que la
utilicen como herramienta para poder evaluar con mayor precisión cuando
corresponde otorgar y cuando no, un beneficio”, finalizó Cococcioni.
Finalmente, Pullaro resumió
que “con esta reforma esperamos dotar de un mejor funcionamiento al régimen
penitenciario en su conjunto, y a los jueces y fiscales de mayores herramientas
para considerar cuidadosamente el otorgamiento de beneficios que impliquen la
libertad anticipada”.